sábado, 25 de febrero de 2012

LAS ARMAS Y LA TOGA

Por Andrés Àlvarez Arboleda
Cicerón, el gran filósofo y jurista de la República Romana, decía que las armas debían ceder a la toga (Cedant arma togae), y así se refería a que la autoridad civil debía prevalecer sobre la fuerza militar, elaborando un planteamiento que no sólo ha sido ampliamente utilizado en todo el desarrollo de la teoría democrática, sino que se ha legitimado y cobrado vigencia siempre que un órgano militar ha gobernado o administrado justicia en un país.

La máxima de Cicerón se renueva también siempre que se rompe el delicado equilibrio entre las normas que hallan su legitimación en el proceso democrático y la autoridad militar que se fundamenta en la fuerza. Es decir, cuando la llamada violencia “legítima” del Estado (que no creo que exista manifestación de violencia alguna que pueda ser legítima) que se debe fundamentar en la protección de los ciudadanos, desconoce a las normas jurídicas como límite al ejercicio de la fuerza.

Traigo a colación a Cicerón por una razón: en Colombia, desde hace tiempo, se ha mantenido un discurso que a mí manera de ver es preocupante. Es un discurso que valida cualquier acción de la fuerza pública, así esté al margen de la legalidad y de los principios mínimos que debe observar una sociedad para permitir una coexistencia pacífica y unas condiciones de vida dignas para las personas, siempre que sean acciones dirigidas en contra de otros actores que operan al margen de la ley.

Es fundamental que los Estados tengan aparatos armados que puedan hacer efectivas las normas jurídicas para garantizar los derechos de sus habitantes, es necesario que se utilice esa fuerza para poner ante la justicia a grupos que, como las FARC, los paramilitares o las bandas criminales, masacran, intimidan y cometen los atropellos más viles imaginables contra una población civil indefensa y que no tiene nada que ver con el conflicto armado. Pero la fuerza legal y pública tiene que actuar de una manera especial que justifica su intervención: respetando a ultranza los parámetros legales del sistema de derecho interno y los principios del derecho internacional de tratados ratificados por Colombia.

¿Por qué decimos que cuando el Estado utiliza las armas no está actuando al mismo nivel de un criminal que también las utiliza? Carlos Gaviria nos da una respuesta al decir que lo que permite una intervención de este tipo en el Estado de Derecho, es el compromiso a apelar sólo a los medios jurídicos, pero cuando los medios utilizados están prohibidos por las normas de derecho, el Estado estaría actuando también como un criminal. Así, si se combate el crimen con el crimen se estaría demostrando que no se han podido combatir eficazmente esos otros factores de poder, es decir, que la soberanía del Estado está en cuestión, y que está en cuestión su legitimidad misma.

Son dos eventos principales los que han hecho resurgir ese discurso que justifica el desborde del poder militar sobre el derecho: la condena a Plazas Vega y la discusión sobre el fuero militar. En cuanto al primer caso, se ha venido esgrimiendo un argumento que me parece escandaloso; se dice que no es posible que un coronel del Ejército esté en la cárcel por haber “defendido la democracia maestro”, como si la desaparición forzada y la tortura fueran formas válidas de defender alguna idea por noble que parezca. Muchas personas parecen no entender que no se está juzgando por la retoma del Palacio de Justicia, sino por lo que ocurrió cuando ésta ya había terminado, con la consecuencia de que personas que salieron en manos del Ejército, no volvieran a ver la luz del mundo. 

Lo mismo ha ocurrido con la discusión del fuera militar en la reforma a la justicia. Que exista una jurisdicción especial en la que los militares sean juzgados por otros militares ya me parece bastante inadecuado, no sólo porque se podría fomentar la impunidad, sino porque las garantías son menores también para el militar que es juzgado. La lógica militar es la de combatir al enemigo, y una justicia administrada bajo este presupuesto va en contra de la imparcialidad y la independencia que exige la Declaración Universal de Derechos Humanos ante un juicio, cosa que sería agravada aún más por la presunción de que toda conducta criminal sería tomada como propia de la función militar, defendida por ciertos personajes a través del Twitter como una figura necesaria para no desmoralizar la tropa. Casi se rasgaban las vestiduras al enterarse de su retiro de la reforma. 

Me parece bastante peligrosa esa tesis de la moralización de la tropa basada en la impunidad. Yo creo que la tropa se moraliza más cuando se le reconoce el respeto por los derechos humanos, la legalidad en el actuar y la capacidad de reconocer cuando hay errores o conductas delictivas dentro de la institución.  Por muy desesperada que sea una situación hay valores que no pueden ser puestos en cuestión, los fines no siempre justifican los medios y los buenos no serán buenos siempre así hagan cosas malas. La legitimidad no está en las armas, como dice Cicerón, está en la toga.

1 comentario:

  1. Andrés, estoy de acuerdo con tu columna. Si empezamos a aceptar que la guerrilla y el Ejército se comporten bajo los mismos parámetros y puedan cometer las mismas acciones, hasta ahí nos trajo esto...
    Hay que marcar una clara diferencia entre el actuar legítimo del Estado y el actuar ilegítimo de los grupos armados ilegales.

    Frente al fuero militar considero que sí es importante que haya una justicia especializada en penal militar, que entienda los pormenores y especialidades de las Fuerzas Militares, pero el hecho que sean los propios militares quienes se juzguen me parece que no es adecuado.

    Andrés O.

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